viernes, 10 de abril de 2009

ENUNCIADOS JURIDICOS Y PROPOSICIONES NORMATIVAS

RESENCION: “ENUNCIADOS JURIDICOS Y PROPOSICIONES NORMATIVAS”
AUTOR: Pablo E. Navarro
TITULO: Enunciados jurídicos y propociones normativas.
TIPO DE PUBLICACION: Artículo
FECHA Y EDITORIAL: Abril/2000
TEMA DE QUE TRATA: Análisis conceptual de los enunciados normativos y de las proposiciones normativas y una clasificación del significado y condiciones de verdad tanto de los enunciados jurídicos como de las proposiciones normativas.
PARTES EN QUE LOS DESARROLLA:
1) Concepción tradicional; 2) una tensión en la concepción tradicional; 3) un cambio de enfoque; 4) Acerca de la existencia de las normas; 5) Aplicabilidad de las normas y enunciados jurídicos; 6) Consecuencia lógica y derrotabilidad de las normas jurídicas; 7) vaguedad y valores de verdad.
PRINCIPALES CONCLUSIONES A LAS QUE LLEGA EL AUTOR:
1. El conocimiento jurídico consiste básicamente en la capacidad de discriminar entre enunciados jurídicos verdaderos y enunciados jurídicos falsos.
2. Que existen dos estados de cosas que son considerados decisivos para atribuir valor de verdad a estos enunciados: a) la fuerza vinculante y b) su permanencia a un sistema jurídico.
VALORACION PERSONAL:
El artículo trata sobre el problema filosófico del enunciado jurídico y define a estos como proposiciones normativas.


Edna Judith González Quiñónez








ENSAYO: “ENUNCIADOS JURIDICOS Y PROPOSICIONES NORMATIVAS”
Los enunciados jurídicos son una subclase de los enunciados normativos.
La proposición normativa es aquella según la cual una cierta norma existe.
El valor de verdad de un enunciado jurídico depende de la verdad de ciertas proposiciones normativas, de donde se deriva que es importante preguntarse cuando es verdadera una proposición normativa acerca del derecho, lo que conduce al problema de la existencia de las normas jurídicas.
El valor de verdad de una proposición normativa depende de la existencia de una norma, mientras que el de un enunciado jurídico depende de la clasificación concluyente que el derecho ofrece a una determinada acción.
El único criterio para asignar valor de verdad a los enunciados y proposiciones normativas es el sistema vigente, ya que toda proposición normativa se refiere a un sistema normativo y este se conceptualiza como el conjunto de todas las proposiciones que son consecuencia de las proposiciones explícitamente mandadas.
Los enunciados jurídicos pueden referirse a circunstancias generales o a casos determinados individualmente, en ambos casos la existencia de una norma individual o general es decisiva para la verdad de estos enunciados.
Se puede decir que la principal cualidad asociada a la existencia de una norma jurídica es su fuerza vinculante de lo que se deriva que es válida, lo que significa que impone obligaciones a los individuos de una determinada comunidad.
Las normas jurídicamente válidas son aquellas que satisfacen determinados criterios y estos criterios se elaboran tomando en cuenta relaciones entre normas que se pueden considerar como criterios de identificación de un sistema jurídico y son las que deben ser aplicadas por los jueces y las que deben ser obedecidas por los individuos y que han sido creadas por un acto de autoridad.
Para la resolución de un caso, si este se encuentra regulado dentro de una norma jurídica, esta es la norma que debe aplicar un juez para resolver un determinado problema y no puede dejar de aplicar la norma a menos que tenga una justificación para no aplicar la norma, pero sin esta justificación, su decisión de apartarse de la norma resultaría una decisión arbitraria.
Cuando los jueces afrontan el problema de que existen varias normas que regulan el caso, y que conforme a los criterios de aplicabilidad, tienen el deber de aplicar, deben de establecer el orden jerárquico de las normas aplicables y luego deben resolver aplicando una norma de este conjunto para fundamentar su decisión.
Una reconstrucción sistemática del derecho es una etapa necesaria en la identificación de los derechos y las obligaciones jurídicas de los individuos de una determinada sociedad, esta forma de caracterizar el conocimiento jurídico ha sido uno de los paradigmas dominantes en la ciencia del derecho contemporánea y es denominada “concepción tradicional” la que se define a partir de tres tesis: en primer lugar: una norma jurídica existe si y sólo si es una norma válida. En segundo lugar: el valor veritativo de un enunciado jurídico depende de las normas jurídicamente vinculantes (válidas). En tercer lugar: una norma es válida si y sólo si pertenece a un sistema jurídico.
Se puede decir que una norma existe cuando está vigente en cierto grupo social o cuando pertenece a un sistema normativo determinado, o posee fuerza vinculante o cuando ha sido formulada en cierto lenguaje.
De lo expuesto se establece que tanto los enunciados jurídicos como las proposiciones normativas son los que componen las leyes de todo sistema jurídico y para que tengan validez deben emitirse por el órgano encargado de la emisión de las mismas, en el caso de Guatemala deben emitirse por el Organismo Legislativo, que es el encargado de decretar, reformar y derogar leyes, facultad que se complementa con la función que se asigna al Presidente de la República, Jefe del Organismo Legislativo, de sancionar y promulgar las leyes y para que tengan vigencia y carácter de obligatorias deben publicarse en el Diario Oficial.


Edna Judith González Quiñonez

4 comentarios:

  1. El tema de los enunciados jurídicos y de las proposiciones normativas, es un terma eminentemente doctrinario, claramente expuesto por la ensayista. Al conceptuar los temas, deviene el desarrollo en la norma jurídica cuyo valor vinculante a la sociedad a la cua va dirigida, devienen por el hecho de ser dictada por la autoridad competente, que desde luego impone obligaciones a la sociedad. Como todo tema analizado en la Maestría de Derecho Notarial, resulta importante profundizarlo por cada participante, pues ello proporciona un conocimiento amplio del tema.

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  2. El presente ensayo nos enseña la diferencia entre los enunciado juridicos y las proposiciones normativas,y lo que les da valor es el mismo sistema normativo vigente. Y en la resolucion de un caso debe aplicarse la norma juridica, que el juez aplica al problema, estableciendo el nivel jerarquico de la norma a aplicar; y la misma norma fundamenta su decisión. Por lo tanto una norma existe cuando esta vigente, cuando es vinculante o formulada en cierto lenguaje. Y las leyes adquieren su validez cuando son creadas por el organo legislativo que es el único que puede decretar, reformar o derogar leyes. Un ensayo muy completo y comprensible.

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  3. Lo que considero importante resaltar es la conclusión a la que se llega derivado de la lectura del ensayo en la cual se establece que los enunciados jurídicos y las proposiciones normativas componen las leyes de todo sistema jurídico y para su validez deberán emitirse por el órgano encargado de su emisión en el caso de Guatemala (Congreso de la República.

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  4. lo considero interesante envirtud qaue el ordenamiento juriridoc es un componente impportante dentro del ambito analitico

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