miércoles, 15 de abril de 2009

EL JUEZ NORTEAMERICANO ANTE LA LEY LAS TECNICAS DE INTERPRETACON DEL STATUTE LAW

Los jueces, al aplicar las de técnicas de interpretación, en el sistema el civil law, es la de interpretar la norma preexistente para la aplicarla a un caso en particular.

 

Con la codificación del derecho se pretende limitar el poder de interpretación de los jueces para tener más seguridad y certeza jurídica en sus resoluciones.  El juez se ve obligado a decidir  con base a un parámetro normativo preexistente.  Por consiguiente los jueces no deben de preocuparse por la justicia o injusticia de sus decisiones, sino, deben tener en cuenta la aplicación al caso concreto de las normas generales.

 

La interpretación de la ley busca estar al margen de cuestiones valorativas, ya que éstas pertenecen al legislador. En el sistema del common law, los jueces son órganos de producción normativa, ya que el derecho se conforma por el conjunto de reglas y principios que se derivan de decisiones judiciales previas, que versan sobre materias que no han sido reguladas por el legislador.

 

En el  stare decisis, las decisiones adquieren el carácter de precedente vinculante, y el juez está obligado a aplicar las reglas y principios de decisiones previas a casos posteriores.

En Norteamérica, el juez vinculado, es aquel que resuelve el caso concreto de acuerdo a las reglas y principios contenidos en decisiones judiciales previas, (Magaloni).  Pero el precedente no es estricto, pues los jueces pueden revocar o modificar la doctrina previamente establecida, cuando sea inconsistente con políticas jurídicas y el estándar de la sociedad; el juez también puede incluir otros puntos de vista, ya sean de carácter económico, social, político o cultural en sus sentencias.

 

La interpretación y aplicación de la ley o statute law, en el sistema Norteamericano; es el civil law que se caracteriza por la codificación de los sistemas normativos. Los tribunales norteamericanos elaboraron un derecho claro, que sirvió de base al Estado Liberal, para la aplicación del derecho. El derecho de creación judicial o common law, es el que prevalece sobre el derecho privado. En el derecho europeo, se crea un sistema  ordenado, coherente y completo con normas escritas, inspirado en el sistema de Estados Unidos, pues fueron ellos quienes desarrollaron el common law, como un sistema propio, con una concepción casuística del derecho.

 

Toda vez que el common law fue preexistente al derecho legislado, la relación del juez con la ley, se ve influenciada por el common law.  El Congreso y las legislaturas de los estados aprueban un número de leyes,  y los jueces no tienen la experiencia ni la destreza en el manejo de las mismas.  Los tribunales aceptan la transformación del sistema de fuentes de la ley, que desplaza al common law y se coloca como fuente de derecho,  El poder de los jueces de crear derecho no desaparece, se armoniza con el legislador, y las lagunas jurídicas, los jueces las llenan utilizando el common law, que se convierte en un derecho supletorio.

 

Los preceptos legales en abstracto, son indeterminados y ofrecen un parámetro normativo eficaz, a través de la norma concreta que es aplicada por los tribunales y adquieren valor normativo, ya que son simples palabras, que al interpretarlas, los jueces denotan el impacto que causa en la sociedad esta forma de legislar, de manera que el legislador y el juez, cuando se trata de statute law, cooperan en la creación del derecho. La aplicación del statutor y precedents, tienen carácter vinculante en las decisiones judiciales que interpretan los jueces, pues el contenido normativo modifica el precepto legal.

 

El juez al aplicar el precepto legal, lo hace por medio de la interpretación, puede utilizar un método de interpretación ya sea extensivo o restrictivo.  Ya sea que utilice el significado literal de la norma o lo hace en lo que él considera que es la intención del legislador, la diferencia radica en los valores que los jueces formulen en su sentencia, ya sea para aplicar la norma general o cuando aplique la moral.

 

Dentro de las técnicas de interpretación de la ley, el juez se encuentra como garante de los valores públicos. Siendo valores públicos aquellos que el juez va a utilizar para definir un precepto legal, tomando en cuenta la moral, valores económicos, sociales e institucionales, y los valores propios que el juez añade a la legislación.

 

Hay dos puntos de vista, en la interpretación de la ley: los textualistas, que están a favor de los valores del pluralismo político, y los tribunales que no deben manipular el texto de la ley a efecto de hacer efectivos los valores públicos, que ellos y no el legislador consideren relevantes.   Por lo que el juez se debe limitar a interpretar y aplicar las palabras del legislador. Pero si el texto de la ley tiene algún pasaje oscuro, el intérprete puede analizar el lenguaje de otros statutes similares  en el precepto de la ley y la legislación relacionada al caso.

 

Además los jueces solo podrán integrar la ley en los casos en los que el legislador le delegue a los tribunales la facultad de completar la norma, a modo de common law; de lo contrario, el juez está frente a una laguna legislativa, y solo así podrán las partes acudir a cualquier fuente del derecho que sirva de parámetro normativo.

 

Aunque no se le puede negar al juez la capacidad de interpretación y aplicación de la ley, pues es el Congreso legislativo  es el que crea la norma y el juez quien la interpreta.

Con respecto a ello existen dos corrientes doctrinales, al respecto de la interpretación de la ley: La Evolutive Approach y La Dynamic Approach, en la cual los tribunales son auxiliares del legislador y ambas corrientes comparten la opinión de que los jueces también desempeñan el papel de políticos a través de la interpretación y aplicación de la ley; la diferencia estriba en la creatividad judicial que cada uno le reconoce al juez.  Con esta concepción, los preceptos legales adquieren la misma flexibilidad que tiene las reglas del common law; el sentido y alcance concreto de la legislación solo puede ser producto de la labor del Congreso, que da las directrices generales de la ley, y los Tribunales dictan su evolución a través del tiempo.

 

Otra diferencia entre el dynamic approach del evolutive approach es que el primero dice que la Constitución, las leyes y el common law, deben de ser interpretados dinámicamente, es decir, distinguir entre una ley reciente y otra que se ha promulgado anteriormente.  Cuando una ley es reciente se debe de partir del texto de la ley, y el  juez debe de mantener su interpretación al momento en que la hizo el legislador; pero si la ley es de tiempo atrás, los jueces deben buscar la interpretación de acuerdo con los valores y las políticas jurídicas del momento.

Qué debe de hacer el juez cuando la ley no expresa el problema que se le plantea, está  frente a la laguna legal, y es cuando puede aplicar el common law, usa la analogía, para la aplicación de ley a situaciones fácticas no previstas por el legislador que tengan un tracto jurídico igual.

 

En cambio el dynamic approach, busca conciliar el principio de supremacía legislativa con  los tribunales y hacer que el derecho sea funcional, de acuerdo con las demandas sociales, y la labor del juez que al interpretar la ley, debe ir de acuerdo a conciliar la voluntad del legislador con justicia y equidad. Los tribunales son auxiliares del legislador, sujetos a la ley y al principio de supremacía legislativa.

 

La interpretación jurídica esta relacionada con la actividad de los jueces y el modo como éstos conciben el derecho, pues la interpretación de la ley  tiene características particulares y que muchas veces sorprenden al jurista de un sistema de civil law, en donde el derecho previo a ser una formalización normativa abstracta y general que le viene dada al juez, es meramente un mecanismo para resolver disputas. Y las normas generales son los medios para resolver problemas de la realidad social.

El derecho debe de ser funcional, y los tribunales deben logar que a través de la resolución de casos concretos, las normas generales a aplicar provengan de la constitución o de un precedente, con el cual el juez pueda dar una interpretación evolutiva de la norma.

Por lo tanto, la legitimidad de las decisiones judiciales que aplican la ley, no dependerá de que el juez demuestre apego a la norma general, sino que la sentencia se perciba como una decisión equitativa y socialmente conveniente. Además de que todo juez debe de demostrar que su sentencia está en concordancia con los precedentes en la materia, propios y de los órganos jurisdiccionales superiores.

 

 

Ana Patricia Aragon Ibarra

051-95-2739

3 comentarios:

  1. El ensayo deja clara la función del juez norteamericano al dictar una sentencia, ya que con las mismas crean normas, además de la manera tan especial que tienen para dar solución a las controversias de las partes de manera equitativa y socialmente conveniente.

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  2. Entiendo que el juez norteamericano en el Civil Law resuelve casos sometidos a su conocimiento y sus decisiones pueden estar basadas en precedente que no están escritos, pero cada juez puede apartarse de la doctrina establecida de acuerdo a las políticas y estándares de la sociedad, esto muestra que en este sistema el derecho va acorde con los avances y desarrollo de la sociedad del cual surge.

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  3. Creo que este tipo de aplicación del derechos es más conveniente, en virtud de que cada caso por similar que sea, siempre va a tener sus particularidades especiales y es aquí donde la dinámica de este sistema encuentra su justificación. Revisando precedentes el juez puede encuadrar un caso concreto a decisiones anteriores, pero puede modificar la decisión al caso que conoce, porque encuentra ciertos hechos que lo hacen diferente. De esta forma se ve la evolución conforme los tiempos de un derecho que de por sí es dinámico.

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