martes, 24 de marzo de 2009

La interpretación del Derecho


La jurisprudencia, Interpretación y Creación del Derecho

 

 La jurisprudencia es entendida en nuestro medio como una forma a través de la cual se constituye una normativa legal de carácter y aplicación obligatoria, surge a través de la emisión de fallos en un mismo sentido, para el caso de Guatemala emitidos por la Corte de Constitucionalidad. 

Al momento de surgir la jurisprudencia, alterno existe la creación de la norma que si bien no tiene carácter legislativo si es de carácter jurisdiccional.  El carácter jurisdiccional es entendido en virtud de que se ha creado a través de la aplicación de la acción por parte del órgano jurisdiccional correspondiente, como mencione para Guatemala aplica como dicho órgano la Corte de Constitucionalidad.

 Cuando la Corte de Constitucionalidad ha emitido varias sentencias en un mismo sentido, es entonces que surge una nueva fuente de derecho de tipo jurisdiccional pero que en sí complementa tanto la norma general como la norma específica aplicada al caso concreto, para su adecuada implementación.

 Al constituirse la jurisprudencia se da por si la creación del derecho mismo, es por ende que la jurisprudencia es una de las etapas de creación del derecho la cual no podrá entenderse de forma aislada, sino que al contrario deberá complementarse con las normas tanto generales como particulares emitidas por la legislación común.

 Teniendo entonces claro el hecho de que la jurisprudencia es parte de la creación del derecho, para poder ser interpretada se debe tener en cuenta que jerárquicamente se sustituye en la norma que interpreta; por ejemplo si interpreta una norma constitucional, entonces la jerarquía del criterio jurisprudencial será también de tipo constitucional.

 Habiendo manifestado la jurisprudencia como parte de las etapas de la creación del derecho podrá interpretarse a través de las distintas formas de interpretación del derecho, tales como: interpretación auténtica, legal, operativa ó doctrinal; incluso cabe dentro de esta clasificación la interpretación a contrario sensu.


Erick Eduardo López Sandoval

Estudiante Maestria en Derecho  Notarial

Universidad Mariano Gálvez  

 

10 comentarios:

  1. El tema jurisprudencia, interpretación y creación del Derecho, resulta ser no un tema, sino, tres. Aunque cada uno de ellos es enfocado cristalinamente, me hubiera gustado un poco mas desarrollo en los mismos. Insisto en que la exposición es muy clara y por supuesto, estas expresiones bien pueden ser extendidas simplemente con profundizar la exposición, que bien sirve de punto de partida en su estudio.

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    1. ESTIMADOS HERMANOS:
      Solicito a mi estado de coptacion con la jurisprudencia de Guatemala y del mundo que me aprobaron a mi legalismo con mis secuaces sexuales quienes serían las secuestradoras de las bandas de plagiarios afables que me apoyan en la paz del mundo exceptuando a los secuestradores que protegen a mis calumniadores en mi caso judicial preventivo Vinicio por mi dilema sexual de 25 años de calumnia sexual, empezando por la calumnia de prevaricador quien decían que era un psicodélico que pasma a las víctimas con el psicobelismo cómico por medio de la distraccion estupefacta. Es decir me calumniaron de payaso macabro que zarandea angustiosamente a la gente, que como consecuencia, me aplicaron necrofilia voyeurista frustrada por mis calumniadores para difamarme de violador sexual masoquista. El pueblo de Guatemala sufrió un oprobio sexual por mis calumniadores donde me arremetieron con la opresion de mi depresion póstuma a ser encarnacion divina de los Dioses aborigenes del mundo y de Guatemala como tambien del cristianismo y de los extraterrestres, por los cuales, alcanzamos a la paz del mundo y a la union popular aborigen.

      Atentamente:
      Jorge Vinicio Santos Gonzalez,
      Documento de identificacion personal:
      1999-01058-0101 Guatemala,
      Cédula de Vecindad:
      ORDEN: A-1, REGISTRO: 825,466,
      Ciudadano de Guatemala de la América Central.

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  2. En el presente ensayo y rescensiòn, el Licenciado Erick abordo el tema de la interpretaciòn del derecho de una forma adecuada y entendible haciendo enfasis en los puntos màs relevantes del mismo.

    AURORA MARIN VELA

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  3. El ensayo realizado a pesar de no ser amplio, considero que fue aboradado de manera entendible por el ensayista pues en su sintesis nos da una explicación de la jurisprudencia y que esta debe ser tenida como fuente de derecho.

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  4. Está claro que una vez conformada la jurisprudencia, crea derecho y se constituye de aplicación obligatoria para los jueces, por lo que no pueden apartarse de ella, a menos que sea cambiada por el mismo órgano judicial que la creo.

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    1. ESTIMADOS HERMANOS:
      Solicito a mi estado de coptacion con la jurisprudencia de Guatemala y del mundo que me aprobaron a mi legalismo con mis secuaces sexuales quienes serían las secuestradoras de las bandas de plagiarios afables que me apoyan en la paz del mundo exceptuando a los secuestradores que protegen a mis calumniadores en mi caso judicial preventivo Vinicio por mi dilema sexual de 25 años de calumnia sexual, empezando por la calumnia de prevaricador quien decían que era un psicodélico que pasma a las víctimas con el psicobelismo cómico por medio de la distraccion estupefacta. Es decir me calumniaron de payaso macabro que zarandea angustiosamente a la gente, que como consecuencia, me aplicaron necrofilia voyeurista frustrada por mis calumniadores para difamarme de violador sexual masoquista. El pueblo de Guatemala sufrió un oprobio sexual por mis calumniadores donde me arremetieron con la opresion de mi depresion póstuma a ser encarnacion divina de los Dioses aborigenes del mundo y de Guatemala como tambien del cristianismo y de los extraterrestres, por los cuales, alcanzamos a la paz del mundo y a la union popular aborigen.

      Atentamente:
      Jorge Vinicio Santos Gonzalez,
      Documento de identificacion personal:
      1999-01058-0101 Guatemala,
      Cédula de Vecindad:
      ORDEN: A-1, REGISTRO: 825,466,
      Ciudadano de Guatemala de la América Central.

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  5. Por qué no se incluye la jurisprudencia de la
    Corte Suprema de Justicia?

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  6. Podrían citar algunos casos que hayan provocado jurisprudencia y en donde puedo encontrarlos?

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  7. Cuántos fallos debe emitir la Corte de Constitucionalidad para crear Jurisprudencia y cuál es el fundamento Legal??
    De antemano, muchas gracias.

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    1. Fundamento Legal de la Jurisprudencia o Doctrina Legal: 3 fallos en la Corte Suprema de Justicia: Artículo 621 y 627 del Código Procesal Civil y Mercantil; 5 fallos en la Corte de Constitucionalidad: Artículo 43 Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad

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